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Medida Cautelar adoptada por el Consejo de Estado - Decreto 092 de 2017

Por medio de la cual se suspende provisionalmente el inciso segundo del artículo 1; los literales a y c y el inciso quinto del artículo 2, el inciso segundo del artículo 3 y el inciso final del artículo 4 del Decreto 092 de 2017, se observa que a juicio del máximo tribunal administrativo, el ejecutivo pudo haber extralimitado sus funciones e incurrido en inconstitucionalidad e ilegalidad. En esta decisión también se recuerda al Gobierno que la contratación con entidades sin ánimo de lucro a que se refiere el articulo 355 de la Constitución de 1991 tiene un régimen jurídico especial y no pueden aplicarse normas del Estatuto de Contratación Estatal.

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